top of page

 

FAQ

  • ¿Quién puede asociarse a AMPROEGA?
    AMPROEGA está abierta a todas aquellas personas que, de un modo u otros, se sientan vinculadas a la música con una atención y dedicación prioritaria, como es lógico y necesario, hacia los profesionales de su área, cualquiera que sea su ámbito de relación. Este socio principal, denominado Socio Numerario, cuando la Junta Directiva lo estime oportuno y lo requiera, habrá de acreditarse como profesional dentro las condiciones que se establecen en los estatutos de AMPROGA y será un Socio de pleno derecho con voz y voto dentro de la asociación. Con acceso a todas las principales y más importantes áreas de gestión de AMPROGA, tal y como les autorízan los estatutos. Para el resto de personas vinculadas con la música (músicos profesionales que no puedan o no quieran afrontar la cuota, estudiantes de música, aficionados...) existen otras modalidades no por ello menos relevantes. No teniendo derecho a voto, sí serán escuchadas por AMPROEGA con la debida atención y respeto que se merecen. Tendrán acceso a todas las áreas públicas que AMPROEGA pondrá a su disposición para uso y disfrute de las ventajas que lleven asociadas.
  • ¿Me ayudará AMPROEGA a encontrar trabajo?
    Esta será una de las prioridades de AMPROEGA. Desarrollaremos todos los medios a nuestro alcance para promover la oferta y demanda de puestos de trabajo. Aparte de nuestra propia bolsa de trabajo, encaminaremos todos nuestros esfuerzos a establecer todos los contactos posibles con las empresas, estamentos y centros generadores del trabajo que encajen con las necesidades de nuestros asociados. Siempre vigilantes de los derechos de los profesionales y manteniendo una perpetua lucha legal contra el intrusismo, en todos los ámbitos.
  • ¿Porqué AMPROEGA entre otras asociaciones?
    Porque si eres un profesional asalariado, cuyos ingresos principales para la subsistencia provienen del Espectáculo, entonces tú eres AMPROEGA. Entre las muy diversas razones para la creación de esta asociación que nos ha dado y sigue dando esta prolongadísima crisis económica, ahora muy agravada por la pandemia del Covid-19, que lo ha puesto en riesgo de extinción, destaca la urgentisima necesidad de buscar una representatividad de nuestro colectivo para no seguir impasibles, permitiendo que se legisle sobre nosotros y nuestro sector, sin contar con nuestra opinión, conocimiento y experiencia. También para exigir un rescate del Sector, ante el mayor abandono del mismo por parte de las instituciones de este país. En todos estos temas ya vamos contrareloj. Al mismo tiempo, se impone la necesidad de defender nuestra profesión y los puestos de trabajo frente al intrusismo profesional y el maltrato derivado del indecente uso de los playbacks, hasta por los todos los medios de comunicación.
  • ¿Qué tipo de Socio puedo ser en AMPROEGA?
    SOCIO NUMERARIO Se requiere ser Profesional Asalariado en cualquiera de los ámbitos o áreas del Espectáculo. Músico, Bailarín, Técnico de Sonido, Iluminación o Montaje, Conductor... y poder acreditarlo (Ver Estatutos de AMPROEGA) Socio de pleno derecho, será un Socio prioritario frente a la Junta Directiva. Puede ser propuesto y/o aspirar a ejercer cualquier cargo dentro de la Junta Directiva. Debe asumir las cuotas que proponga la Asociación, dentro de los plazos que estipule para su liquidación y mantenerse al corriente de las mismas. Tiene derecho a voto y acceso a todos los ámbitos y zonas que se estipulan en los Estatutos, así como a todas las prestaciones exclusivas que la Asociación disponga para ellos. SOCIO PROFESIONAL Cualquier Profesional Asalariado del Sector del Espectáculo, por el mero hecho de serlo y poder acreditarlo de cualquiera de los modos estipulados en los Estatutos de AMPROEGA, tiene como mínimo derecho a pertenecer a la asociación y ser reconocido por ella como Profesional. El Socio Profesional está exento del pago de la Cuota (no tiene la obligación de pagarla), pero sin ella carece de los derechos estipulados para los Socios Numerarios. Puede asistir a las Asambleas, reuniones, seminarios y otros eventos a los que se le convoque, con derecho a voz, pero sin capacidad de Voto. SOCIO INVITADO (ASOCIADO) Gratuito, con derecho a voz en la asamblea pero no a voto. Este apartado está reservado muy especialmente a estudiantes de música y también a aficionados y simpatizantes de la música y su entorno (fans, seguidores...). Tienen pleno acceso a todos los apartados públicos de la web y a otros específicos y puntuales para los inscritos como tales. Existen otras figuras de Asociados pero que son Administrativas y no electivas por parte del público. (Ver Estatutos de AMPROEGA) ¡¡ ASÓCIATE e inscríbete en nuestra Web!!
  • ¿Cuanto me cuesta pertenecer a AMPROEGA?
    La Cuota para los SOCIOS NUMERARIOS es de 56 € anuales, cuyo pago puede fraccionarse en dos pagos semestrales de 28 € cada uno y si no, en un único pago anual de 50 € Esta cuota te convierte en socio de pleno derecho, con todos los que otorgan los Estatutos de AMPROEGA. - Asesoramiento Legal, Laboral e incluso Tecnológico y de Formación gratuito. - Derecho a Voz y Voto en las Asambleas. - Derecho a presentarse a la Junta Directiva y a poder ser elegido para cualquiera de los cargos de la misma. - El seguimiento contable de cada movimiento estará permanentemente expuesto a disposición de los Socios Numerarios (auditoría permanente), con la máxima transparencia y rigor, para evitar la más mínima posibilidad de suspicacia o malentendido. - Lo mismo se aplica al resto de los departamentos. Cada Socio Numerario podrá actuar como Auditor Permanente de la Asociación en todos sus ámbitos. La única excepción de acceso son las Bases de Datos protegidas por la Ley de Protección de Datos. El pago lo puedes efectuar mediante PayPal, Tarjeta de Créito o Ingreso por Transferencia Bancaria. Más información en el apartado ASÓCIATE Asociarse a AMPROEGA en cualquiera de las otras dos modalidades, como SOCIO PROFESIONAL o como ASOCIADO (Socio Invitado) ES TOTALMENTE GRATUITO pero solamente tendrá Voz y no derecho a Voto, ni a participar en las asambleas, etc Tan sólo se les concederá acceso a determinadas áreas de la página Web y sus servicios.
  • ¿Cuanto me cuesta pertenecer a AMPROEGA?
    Desde absolutamente nada, para poder visualizar la web en todos los apartados libres y públicos de la misma. A que sigas disfrutando gratis de ella pero con algunas ventajas en el acceso a algunas de sus partes privadas, dependiendo de si te registras como Asociado (Socio Invitado) o como Socio Profesional, hasta adquirir todos los privilegios que ofrece nuestra asociación y nuestra web a partir de la Cuota para los SOCIOS NUMERARIOS que normalmente es de 56 € anuales, cuyo pago puede fraccionarse en dos pagos semestrales de 28 € cada uno y si no, en un único pago anual de 50 € Para este año tan complejo para todos los Profesinales Asalariados del Sector, AMPROEGA hará un esfuerzo excepcional en favor de sus Socios Numerarios, aún a riesgo de limitar su capacidad de gestión, ofreciéndo un descuento del 50% en un pago único de 25 € por un año completo a partir de tu alta. Esta cuota te convierte en socio de pleno derecho, con todos los que otorgan los Estatutos de AMPROEGA. - Asesoramiento Legal, Laboral e incluso Tecnológico y de Formación gratuito. - Derecho a Voz y Voto en las Asambleas. - Derecho a presentarse a la Junta Directiva y a poder ser elegido para cualquiera de los cargos de la misma. - El seguimiento contable de cada movimiento estará permanentemente expuesto a disposición de los Socios Numerarios (auditoría permanente), con la máxima transparencia y rigor, para evitar la más mínima posibilidad de suspicacia o malentendido, permitiéndote saber en que se invierte hasta el último céntimo que aportas. - Lo mismo se aplica al resto de los departamentos. Cada Socio Numerario podrá actuar como Auditor Permanente de la Asociación en todos sus ámbitos. La única excepción de acceso son las Bases de Datos protegidas por la Ley de Protección de Datos. El pago lo puedes efectuar mediante PayPal, Tarjeta de Créito, Ingreso por Transferencia Bancaria o si quieres ahorrarte hasta el más mínimo gasto, mediante ingreso directo en cualquier cajero automático del Sabadell; totalmente gratuito. Más información en el apartado ASÓCIATE Recuerda que asociarse a AMPROEGA en cualquiera de las otras dos modalidades, como SOCIO PROFESIONAL o como ASOCIADO (Socio Invitado) ES TOTALMENTE GRATUITO pero solamente tendrá Voz y no derecho a Voto, ni a participar en las asambleas, etc Tan sólo se les concederá acceso a determinadas áreas de la página Web y sus servicios según estime oportuno la Junta Directiva y que puede cambiar en cualquier momento.
  • ¿Por que AMPROEGA entre outras asociacións?
    Porque se es un profesional asalariado, cuxos principais ingresos de subsistencia proveñen da Mostra, entón es AMPROEGA. Entre as moi diversas razóns para a creación desta asociación que nos deu e segue a darnos esta prolongada crise económica, agora moi agravada pola pandemia Covid-19, que a puxo en risco de extinción, destaca a necesidade máis urxente de buscar unha representatividade do noso colectivo para non permanecer impasibles, permitindo que se aprobe lexislación sobre nós e o noso sector, sen contar coa nosa opinión, coñecemento e experiencia. Tamén para esixir un rescate do Sector, dado o maior abandono do mesmo por parte das institucións deste país. En todos estes números xa estamos contra reloxo. Ao mesmo tempo, hai que defender a nosa profesión e os nosos postos de traballo contra o intrusismo e os abusos profesionais derivados do uso indecente das reproducións, incluso por todos os medios de comunicación.
  • ¿Quién puede asociarse a AMPROEGA?
    AMPROEGA está abierta a todas aquellas personas que, de un modo u otros, se sientan vinculadas a la música con una atención y dedicación prioritaria, como es lógico y necesario, hacia los profesionales de su área, cualquiera que sea su ámbito de relación. Este socio principal, denominado Socio Numerario, cuando la Junta Directiva lo estime oportuno y lo requiera, habrá de acreditarse como profesional dentro las condiciones que se establecen en los estatutos de AMPROGA y será un Socio de pleno derecho con voz y voto dentro de la asociación. Con acceso a todas las principales y más importantes áreas de gestión de AMPROGA, tal y como les autorízan los estatutos. Para el resto de personas vinculadas con la música (músicos profesionales que no puedan o no quieran afrontar la cuota, estudiantes de música, aficionados...) existen otras modalidades no por ello menos relevantes. No teniendo derecho a voto, sí serán escuchadas por AMPROEGA con la debida atención y respeto que se merecen. Tendrán acceso a todas las áreas públicas que AMPROEGA pondrá a su disposición para uso y disfrute de las ventajas que lleven asociadas.
  • ¿Me ayudará AMPROEGA a encontrar trabajo?
    Esta será una de las prioridades de AMPROEGA. Desarrollaremos todos los medios a nuestro alcance para promover la oferta y demanda de puestos de trabajo. Aparte de nuestra propia bolsa de trabajo, encaminaremos todos nuestros esfuerzos a establecer todos los contactos posibles con las empresas, estamentos y centros generadores del trabajo que encajen con las necesidades de nuestros asociados. Siempre procuraremos mantener la mayor cooperación y cordialidad con todas las empresas del sector, buscando la mayor rentabilidad para todos, la protección del tejido laboral y la estabilidad en el trabajo en unas condiciones siempre dignas. Siempre vigilantes de los derechos de los profesionales y manteniendo una perpetua lucha legal contra el intrusismo, en todos los ámbitos y en todas sus formas.
  • ¿Qué tipo de Socio puedo ser en AMPROEGA?
    SOCIO NUMERARIO Se requiere ser Profesional Asalariado en cualquiera de los ámbitos o áreas del Espectáculo. Músico, Bailarín, Técnico de Sonido, Iluminación o Montaje, Conductor... y poder acreditarlo (Ver Estatutos de AMPROEGA) Es un Socio de pleno derecho, y será prioritario (VIP) frente a la Junta Directiva. Puede ser propuesto y/o aspirar a ejercer cualquier cargo dentro de la Junta Directiva. Debe asumir las cuotas que proponga la Asociación, dentro de los plazos que estipule para su liquidación y mantenerse al corriente de las mismas. A cambio disfrutará de todos los privilegios que pueda otorgarle AMPROEGA, en compensación por su esfuerzo en ayudar a mantener la asociación operativa. Tiene derecho a voto y acceso a todos los ámbitos y zonas que se estipulan en los Estatutos, así como a todas las prestaciones exclusivas que la Asociación disponga para él; entre otros, dentro de sus privilegios exclusivos, tendrán derecho a: - Efectuar a consultas directas al departamento de LABORAL sobre absolutamente cualquier tema relacionado con el mismo y sin límite de las mismas. - Consultas con el departamento Legal en temas laborales e incluso de índole privado (familiar, patrimonio, negocios, etc.) - Accesos a foros especializados sobre Tecnología (Sonido, Iluminación, etc.) A foros exclusivos para Conductores, Técnicos, Músicos, Bailarines, etc. Y si no hay el que los socios necesitan, se lo crearemos. - A Bolsas de Trabajo exclusivas y especializadas e incluso a otras más allá del ámbito de la Verbena. - Acceso a Archivos exclusivos sobre todo tipo de temas, de lo más variados, tratados dentro de la asociación. - Acceso a todos los eventos y actos que organice y lleve a cabo la asociación. - Acceso a todo tipo de Tutoriales especializados que iremos creando, sobre diversidad de temas relacionados con las profesiones de la verbena. Y por supuesto a cualquier evento que organice AMPROEGA y a muchos de los proyectos que desarrollaremos y entre los que será siempre un Socio Preferente. SOCIO PROFESIONAL Cualquier Profesional Asalariado del Sector del Espectáculo, por el mero hecho de serlo y poder acreditarlo de cualquiera de los modos estipulados en los Estatutos de AMPROEGA, tiene como mínimo derecho a pertenecer a la asociación y ser reconocido por ella como Profesional. El Socio Profesional está exento del pago de la Cuota (no tiene la obligación de pagarla), pero sin ella carece de los principales derechos estipulados para los Socios Numerarios. Entre sus derechos y privilegios, puede: - Asistir a las Asambleas, reuniones, seminarios y otros eventos a los que se le convoque, con derecho a voz, pero sin capacidad de Voto. - Tener acceso a las respuestas genéricas que se den desde el departamento de Laboral y desde el Legal; no podrán preguntar pero sí beneficiarse de las respuestas que le puedan afectar. Y cualquier otros privilegio que la Junta Directiva estime oportuno en momentos puntuales. SOCIO INVITADO (ASOCIADO) Gratuito, con derecho a voz en la asamblea pero no a voto. Este apartado está reservado muy especialmente a estudiantes de música y también a aficionados y simpatizantes de la música y su entorno (fans, seguidores...). Tienen pleno acceso a todos los apartados públicos de la web y a otros específicos y puntuales para los inscritos como tales. Se les proporcionará accesos y se les invitará a participar en aquellos eventos que la Junta Directiva estime oportunos en cualquier momento. Existen otras figuras de Asociados pero que son Administrativas y no electivas por parte del público. (Ver Estatutos de AMPROEGA) ¡¡ ASÓCIATE e inscríbete en nuestra Web!!
  • ¿Me ayudará AMPROEGA a encontrar trabajo?
    Esta será una de las prioridades de AMPROEGA. Desarrollaremos todos los medios a nuestro alcance para promover la oferta y demanda de puestos de trabajo. Aparte de nuestra propia bolsa de trabajo, encaminaremos todos nuestros esfuerzos a establecer todos los contactos posibles con las empresas, estamentos y centros generadores del trabajo que encajen con las necesidades de nuestros asociados. Siempre vigilantes de los derechos de los profesionales y manteniendo una perpetua lucha legal contra el intrusismo, en todos los ámbitos.
  • ¿Porqué AMPROEGA entre otras asociaciones?
    Porque si eres un profesional asalariado, cuyos ingresos principales para la subsistencia provienen del Espectáculo, entonces tú eres AMPROEGA. Entre las muy diversas razones para la creación de esta asociación que nos ha dado y sigue dando esta prolongadísima crisis económica, ahora muy agravada por la pandemia del Covid-19, que lo ha puesto en riesgo de extinción, destaca la urgentisima necesidad de buscar una representatividad de nuestro colectivo para no seguir impasibles, permitiendo que se legisle sobre nosotros y nuestro sector, sin contar con nuestra opinión, conocimiento y experiencia. También para exigir un rescate del Sector, ante el mayor abandono del mismo por parte de las instituciones de este país. En todos estos temas ya vamos contrareloj. Al mismo tiempo, se impone la necesidad de defender nuestra profesión y los puestos de trabajo frente al intrusismo profesional y el maltrato derivado del indecente uso de los playbacks, hasta por los todos los medios de comunicación.
  • ¿Cuanto me cuesta pertenecer a AMPROEGA?
    La Cuota para los SOCIOS NUMERARIOS es de 56 € anuales, cuyo pago puede fraccionarse en dos pagos semestrales de 28 € cada uno y si no, en un único pago anual de 50 € Esta cuota te convierte en socio de pleno derecho, con todos los que otorgan los Estatutos de AMPROEGA. - Asesoramiento Legal, Laboral e incluso Tecnológico y de Formación gratuito. - Derecho a Voz y Voto en las Asambleas. - Derecho a presentarse a la Junta Directiva y a poder ser elegido para cualquiera de los cargos de la misma. - El seguimiento contable de cada movimiento estará permanentemente expuesto a disposición de los Socios Numerarios (auditoría permanente), con la máxima transparencia y rigor, para evitar la más mínima posibilidad de suspicacia o malentendido. - Lo mismo se aplica al resto de los departamentos. Cada Socio Numerario podrá actuar como Auditor Permanente de la Asociación en todos sus ámbitos. La única excepción de acceso son las Bases de Datos protegidas por la Ley de Protección de Datos. El pago lo puedes efectuar mediante PayPal, Tarjeta de Créito o Ingreso por Transferencia Bancaria. Más información en el apartado ASÓCIATE Asociarse a AMPROEGA en cualquiera de las otras dos modalidades, como SOCIO PROFESIONAL o como ASOCIADO (Socio Invitado) ES TOTALMENTE GRATUITO pero solamente tendrá Voz y no derecho a Voto, ni a participar en las asambleas, etc Tan sólo se les concederá acceso a determinadas áreas de la página Web y sus servicios.
  • ¿Quién puede asociarse a AMPROEGA?
    AMPROEGA está abierta a todas aquellas personas que, de un modo u otros, se sientan vinculadas a la música con una atención y dedicación prioritaria, como es lógico y necesario, hacia los profesionales de su área, cualquiera que sea su ámbito de relación. Este socio principal, denominado Socio Numerario, cuando la Junta Directiva lo estime oportuno y lo requiera, habrá de acreditarse como profesional dentro las condiciones que se establecen en los estatutos de AMPROGA y será un Socio de pleno derecho con voz y voto dentro de la asociación. Con acceso a todas las principales y más importantes áreas de gestión de AMPROGA, tal y como les autorízan los estatutos. Para el resto de personas vinculadas con la música (músicos profesionales que no puedan o no quieran afrontar la cuota, estudiantes de música, aficionados...) existen otras modalidades no por ello menos relevantes. No teniendo derecho a voto, sí serán escuchadas por AMPROEGA con la debida atención y respeto que se merecen. Tendrán acceso a todas las áreas públicas que AMPROEGA pondrá a su disposición para uso y disfrute de las ventajas que lleven asociadas.
  • ¿Qué tipo de Socio puedo ser en AMPROEGA?
    SOCIO NUMERARIO Se requiere ser Profesional Asalariado en cualquiera de los ámbitos o áreas del Espectáculo. Músico, Bailarín, Técnico de Sonido, Iluminación o Montaje, Conductor... y poder acreditarlo (Ver Estatutos de AMPROEGA) Socio de pleno derecho, será un Socio prioritario frente a la Junta Directiva. Puede ser propuesto y/o aspirar a ejercer cualquier cargo dentro de la Junta Directiva. Debe asumir las cuotas que proponga la Asociación, dentro de los plazos que estipule para su liquidación y mantenerse al corriente de las mismas. Tiene derecho a voto y acceso a todos los ámbitos y zonas que se estipulan en los Estatutos, así como a todas las prestaciones exclusivas que la Asociación disponga para ellos. SOCIO PROFESIONAL Cualquier Profesional Asalariado del Sector del Espectáculo, por el mero hecho de serlo y poder acreditarlo de cualquiera de los modos estipulados en los Estatutos de AMPROEGA, tiene como mínimo derecho a pertenecer a la asociación y ser reconocido por ella como Profesional. El Socio Profesional está exento del pago de la Cuota (no tiene la obligación de pagarla), pero sin ella carece de los derechos estipulados para los Socios Numerarios. Puede asistir a las Asambleas, reuniones, seminarios y otros eventos a los que se le convoque, con derecho a voz, pero sin capacidad de Voto. SOCIO INVITADO (ASOCIADO) Gratuito, con derecho a voz en la asamblea pero no a voto. Este apartado está reservado muy especialmente a estudiantes de música y también a aficionados y simpatizantes de la música y su entorno (fans, seguidores...). Tienen pleno acceso a todos los apartados públicos de la web y a otros específicos y puntuales para los inscritos como tales. Existen otras figuras de Asociados pero que son Administrativas y no electivas por parte del público. (Ver Estatutos de AMPROEGA) ¡¡ ASÓCIATE e inscríbete en nuestra Web!!
  • ¿Qué es el Estado de Alarma?
    El Gobierno de España, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución, puede declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca una alteración grave de la normalidad: catástrofes naturales, crisis sanitarias, desabastecimiento de productos de primera necesidad, o paralización de servicios públicos esenciales. El estado de alarma es declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo, y establecerá el alcance y condiciones vigentes durante la prórroga. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración. El artículo 11 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio permite limitar los siguientes derechos: * Se podrá limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarla al cumplimiento de ciertos requisitos. * Se podrá practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias. * Se podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados. * Se podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad. * Se podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados. En España se ha decretado dos veces el estado de alarma: el estado de alarma de 2010 por la crisis de los controladores aéreos y el estado de alarma de 2020 por la pandemia de coronavirus.
  • ¿Qué es la COVID-19?
    La COVID-19 es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Tanto el nuevo virus como la enfermedad eran desconocidos antes de que estallara el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019. La mayoría de las personas que enferman de ‎COVID 19 experimentan síntomas de leves a ‎moderados y se recuperan sin tratamiento ‎especial. El virus que causa la COVID‑19 se transmite principalmente a través de las gotículas generadas cuando una persona infectada tose, estornuda o espira. Estas gotículas son demasiado pesadas para permanecer suspendidas en el aire y caen rápidamente sobre el suelo o las superficies. Usted puede infectarse al inhalar el virus si está cerca de una persona con COVID‑19 o si, tras tocar una superficie contaminada, se toca los ojos, la nariz o la boca. Los síntomas más habituales son los siguientes: Fiebre Tos seca Cansancio Otros síntomas menos comunes son los siguientes: Molestias y dolores Dolor de garganta Diarrea Conjuntivitis Dolor de cabeza Pérdida del sentido del olfato o del gusto Erupciones cutáneas o pérdida del color en los dedos de las manos o de los pies
  • ¿Me ayudará AMPROEGA a encontrar trabajo?
    Esta será una de las prioridades de AMPROEGA. Desarrollaremos todos los medios a nuestro alcance para promover la oferta y demanda de puestos de trabajo. Aparte de nuestra propia bolsa de trabajo, encaminaremos todos nuestros esfuerzos a establecer todos los contactos posibles con las empresas, estamentos y centros generadores del trabajo que encajen con las necesidades de nuestros asociados. Siempre vigilantes de los derechos de los profesionales y manteniendo una perpetua lucha legal contra el intrusismo, en todos los ámbitos.
  • ¿Qué tipo de Socio puedo ser en AMPROEGA?
    SOCIO NUMERARIO Se requiere ser Profesional Asalariado en cualquiera de los ámbitos o áreas del Espectáculo. Músico, Bailarín, Técnico de Sonido, Iluminación o Montaje, Conductor... y poder acreditarlo (Ver Estatutos de AMPROEGA) Socio de pleno derecho, será un Socio prioritario frente a la Junta Directiva. Puede ser propuesto y/o aspirar a ejercer cualquier cargo dentro de la Junta Directiva. Debe asumir las cuotas que proponga la Asociación, dentro de los plazos que estipule para su liquidación y mantenerse al corriente de las mismas. Tiene derecho a voto y acceso a todos los ámbitos y zonas que se estipulan en los Estatutos, así como a todas las prestaciones exclusivas que la Asociación disponga para ellos. SOCIO PROFESIONAL Cualquier Profesional Asalariado del Sector del Espectáculo, por el mero hecho de serlo y poder acreditarlo de cualquiera de los modos estipulados en los Estatutos de AMPROEGA, tiene como mínimo derecho a pertenecer a la asociación y ser reconocido por ella como Profesional. El Socio Profesional está exento del pago de la Cuota (no tiene la obligación de pagarla), pero sin ella carece de los derechos estipulados para los Socios Numerarios. Puede asistir a las Asambleas, reuniones, seminarios y otros eventos a los que se le convoque, con derecho a voz, pero sin capacidad de Voto. SOCIO INVITADO (ASOCIADO) Gratuito, con derecho a voz en la asamblea pero no a voto. Este apartado está reservado muy especialmente a estudiantes de música y también a aficionados y simpatizantes de la música y su entorno (fans, seguidores...). Tienen pleno acceso a todos los apartados públicos de la web y a otros específicos y puntuales para los inscritos como tales. Existen otras figuras de Asociados pero que son Administrativas y no electivas por parte del público. (Ver Estatutos de AMPROEGA) ¡¡ ASÓCIATE e inscríbete en nuestra Web!!
  • ¿Porqué AMPROEGA entre otras asociaciones?
    Porque si eres un profesional asalariado, cuyos ingresos principales para la subsistencia provienen del Espectáculo, entonces tú eres AMPROEGA. Entre las muy diversas razones para la creación de esta asociación que nos ha dado y sigue dando esta prolongadísima crisis económica, ahora muy agravada por la pandemia del Covid-19, que lo ha puesto en riesgo de extinción, destaca la urgentisima necesidad de buscar una representatividad de nuestro colectivo para no seguir impasibles, permitiendo que se legisle sobre nosotros y nuestro sector, sin contar con nuestra opinión, conocimiento y experiencia. También para exigir un rescate del Sector, ante el mayor abandono del mismo por parte de las instituciones de este país. En todos estos temas ya vamos contrareloj. Al mismo tiempo, se impone la necesidad de defender nuestra profesión y los puestos de trabajo frente al intrusismo profesional y el maltrato derivado del indecente uso de los playbacks, hasta por los todos los medios de comunicación.
  • ¿Cuanto me cuesta pertenecer a AMPROEGA?
    La Cuota para los SOCIOS NUMERARIOS es de 56 € anuales, cuyo pago puede fraccionarse en dos pagos semestrales de 28 € cada uno y si no, en un único pago anual de 50 € Esta cuota te convierte en socio de pleno derecho, con todos los que otorgan los Estatutos de AMPROEGA. - Asesoramiento Legal, Laboral e incluso Tecnológico y de Formación gratuito. - Derecho a Voz y Voto en las Asambleas. - Derecho a presentarse a la Junta Directiva y a poder ser elegido para cualquiera de los cargos de la misma. - El seguimiento contable de cada movimiento estará permanentemente expuesto a disposición de los Socios Numerarios (auditoría permanente), con la máxima transparencia y rigor, para evitar la más mínima posibilidad de suspicacia o malentendido. - Lo mismo se aplica al resto de los departamentos. Cada Socio Numerario podrá actuar como Auditor Permanente de la Asociación en todos sus ámbitos. La única excepción de acceso son las Bases de Datos protegidas por la Ley de Protección de Datos. El pago lo puedes efectuar mediante PayPal, Tarjeta de Créito o Ingreso por Transferencia Bancaria. Más información en el apartado ASÓCIATE Asociarse a AMPROEGA en cualquiera de las otras dos modalidades, como SOCIO PROFESIONAL o como ASOCIADO (Socio Invitado) ES TOTALMENTE GRATUITO pero solamente tendrá Voz y no derecho a Voto, ni a participar en las asambleas, etc Tan sólo se les concederá acceso a determinadas áreas de la página Web y sus servicios.
  • ¿Quién puede asociarse a AMPROEGA?
    AMPROEGA está abierta a todas aquellas personas que, de un modo u otros, se sientan vinculadas a la música con una atención y dedicación prioritaria, como es lógico y necesario, hacia los profesionales de su área, cualquiera que sea su ámbito de relación. Este socio principal, denominado Socio Numerario, cuando la Junta Directiva lo estime oportuno y lo requiera, habrá de acreditarse como profesional dentro las condiciones que se establecen en los estatutos de AMPROGA y será un Socio de pleno derecho con voz y voto dentro de la asociación. Con acceso a todas las principales y más importantes áreas de gestión de AMPROGA, tal y como les autorízan los estatutos. Para el resto de personas vinculadas con la música (músicos profesionales que no puedan o no quieran afrontar la cuota, estudiantes de música, aficionados...) existen otras modalidades no por ello menos relevantes. No teniendo derecho a voto, sí serán escuchadas por AMPROEGA con la debida atención y respeto que se merecen. Tendrán acceso a todas las áreas públicas que AMPROEGA pondrá a su disposición para uso y disfrute de las ventajas que lleven asociadas.
  • ¿Qué tipo de Socio puedo ser en AMPROEGA?
    SOCIO NUMERARIO Se requiere ser Profesional Asalariado en cualquiera de los ámbitos o áreas del Espectáculo. Músico, Bailarín, Técnico de Sonido, Iluminación o Montaje, Conductor... y poder acreditarlo (Ver Estatutos de AMPROEGA) Es un Socio de pleno derecho, y será prioritario (VIP) frente a la Junta Directiva. Puede ser propuesto y/o aspirar a ejercer cualquier cargo dentro de la Junta Directiva. Debe asumir las cuotas que proponga la Asociación, dentro de los plazos que estipule para su liquidación y mantenerse al corriente de las mismas. A cambio disfrutará de todos los privilegios que pueda otorgarle AMPROEGA, en compensación por su esfuerzo en ayudar a mantener la asociación operativa. Tiene derecho a voto y acceso a todos los ámbitos y zonas que se estipulan en los Estatutos, así como a todas las prestaciones exclusivas que la Asociación disponga para él; entre otros, dentro de sus privilegios exclusivos, tendrán derecho a: - Efectuar a consultas directas al departamento de LABORAL sobre absolutamente cualquier tema relacionado con el mismo y sin límite de las mismas. - Consultas con el departamento Legal en temas laborales e incluso de índole privado (familiar, patrimonio, negocios, etc.) - Accesos a foros especializados sobre Tecnología (Sonido, Iluminación, etc.) A foros exclusivos para Conductores, Técnicos, Músicos, Bailarines, etc. Y si no hay el que los socios necesitan, se lo crearemos. - A Bolsas de Trabajo exclusivas y especializadas e incluso a otras más allá del ámbito de la Verbena. - Acceso a Archivos exclusivos sobre todo tipo de temas, de lo más variados, tratados dentro de la asociación. - Acceso a todos los eventos y actos que organice y lleve a cabo la asociación. - Acceso a todo tipo de Tutoriales especializados que iremos creando, sobre diversidad de temas relacionados con las profesiones de la verbena. Y por supuesto a cualquier evento que organice AMPROEGA y a muchos de los proyectos que desarrollaremos y entre los que será siempre un Socio Preferente. SOCIO PROFESIONAL Cualquier Profesional Asalariado del Sector del Espectáculo, por el mero hecho de serlo y poder acreditarlo de cualquiera de los modos estipulados en los Estatutos de AMPROEGA, tiene como mínimo derecho a pertenecer a la asociación y ser reconocido por ella como Profesional. El Socio Profesional está exento del pago de la Cuota (no tiene la obligación de pagarla), pero sin ella carece de los principales derechos estipulados para los Socios Numerarios. Entre sus derechos y privilegios, puede: - Asistir a las Asambleas, reuniones, seminarios y otros eventos a los que se le convoque, con derecho a voz, pero sin capacidad de Voto. - Tener acceso a las respuestas genéricas que se den desde el departamento de Laboral y desde el Legal; no podrán preguntar pero sí beneficiarse de las respuestas que le puedan afectar. Y cualquier otros privilegio que la Junta Directiva estime oportuno en momentos puntuales. SOCIO INVITADO (ASOCIADO) Gratuito, con derecho a voz en la asamblea pero no a voto. Este apartado está reservado muy especialmente a estudiantes de música y también a aficionados y simpatizantes de la música y su entorno (fans, seguidores...). Tienen pleno acceso a todos los apartados públicos de la web y a otros específicos y puntuales para los inscritos como tales. Se les proporcionará accesos y se les invitará a participar en aquellos eventos que la Junta Directiva estime oportunos en cualquier momento. Existen otras figuras de Asociados pero que son Administrativas y no electivas por parte del público. (Ver Estatutos de AMPROEGA) ¡¡ ASÓCIATE e inscríbete en nuestra Web!!
  • ¿Por qué AMPROEGA entre otras asociaciones?
    Porque si eres un profesional asalariado, cuyos ingresos principales para la subsistencia provienen del Espectáculo, entonces tú eres AMPROEGA. Entre las muy diversas razones para la creación de esta asociación que nos ha dado y sigue dando esta prolongadísima crisis económica, ahora muy agravada por la pandemia del Covid-19, que lo ha puesto en riesgo de extinción, destaca la urgentisima necesidad de buscar una representatividad de nuestro colectivo para no seguir impasibles, permitiendo que se legisle sobre nosotros y nuestro sector, sin contar con nuestra opinión, conocimiento y experiencia. También para exigir un rescate del Sector, ante el mayor abandono del mismo por parte de las instituciones de este país. En todos estos temas ya vamos contrareloj. Al mismo tiempo, se impone la necesidad de defender nuestra profesión y los puestos de trabajo frente al intrusismo profesional y el maltrato derivado del indecente uso de los playbacks, hasta por los todos los medios de comunicación.
  • ¿Quién puede asociarse a AMPROEGA?
    AMPROEGA está abierta a todas aquellas personas que, de un modo u otros, se sientan vinculadas a la música con una atención y dedicación prioritaria, como es lógico y necesario, hacia los profesionales de su área, cualquiera que sea su ámbito de relación. Este socio principal, denominado Socio Numerario, cuando la Junta Directiva lo estime oportuno y lo requiera, habrá de acreditarse como profesional dentro las condiciones que se establecen en los estatutos de AMPROGA y será un Socio de pleno derecho con voz y voto dentro de la asociación. Con acceso a todas las principales y más importantes áreas de gestión de AMPROGA, tal y como les autorízan los estatutos. Para el resto de personas vinculadas con la música (músicos profesionales que no puedan o no quieran afrontar la cuota, estudiantes de música, aficionados...) existen otras modalidades no por ello menos relevantes. No teniendo derecho a voto, sí serán escuchadas por AMPROEGA con la debida atención y respeto que se merecen. Tendrán acceso a todas las áreas públicas que AMPROEGA pondrá a su disposición para uso y disfrute de las ventajas que lleven asociadas.
  • ¿Me ayudará AMPROEGA a encontrar trabajo?
    Esta será una de las prioridades de AMPROEGA. Desarrollaremos todos los medios a nuestro alcance para promover la oferta y demanda de puestos de trabajo. Aparte de nuestra propia bolsa de trabajo, encaminaremos todos nuestros esfuerzos a establecer todos los contactos posibles con las empresas, estamentos y centros generadores del trabajo que encajen con las necesidades de nuestros asociados. Siempre procuraremos mantener la mayor cooperación y cordialidad con todas las empresas del sector, buscando la mayor rentabilidad para todos, la protección del tejido laboral y la estabilidad en el trabajo en unas condiciones siempre dignas. Siempre vigilantes de los derechos de los profesionales y manteniendo una perpetua lucha legal contra el intrusismo, en todos los ámbitos y en todas sus formas.
  • ¿Cuanto me cuesta pertenecer a AMPROEGA?
    Desde absolutamente nada, para poder visualizar la web en todos los apartados libres y públicos de la misma. A que sigas disfrutando gratis de ella pero con algunas ventajas en el acceso a algunas de sus partes privadas, dependiendo de si te registras como Asociado (Socio Invitado) o como Socio Profesional, hasta adquirir todos los privilegios que ofrece nuestra asociación y nuestra web a partir de la Cuota para los SOCIOS NUMERARIOS que normalmente es de 56 € anuales, cuyo pago puede fraccionarse en dos pagos semestrales de 28 € cada uno y si no, en un único pago anual de 50 € Esta cuota te convierte en socio de pleno derecho, con todos los que otorgan los Estatutos de AMPROEGA. - Asesoramiento Legal, Laboral e incluso Tecnológico y de Formación gratuito. - Derecho a Voz y Voto en las Asambleas. - Derecho a presentarse a la Junta Directiva y a poder ser elegido para cualquiera de los cargos de la misma. - El seguimiento contable de cada movimiento estará permanentemente expuesto a disposición de los Socios Numerarios (auditoría permanente), con la máxima transparencia y rigor, para evitar la más mínima posibilidad de suspicacia o malentendido, permitiéndote saber en que se invierte hasta el último céntimo que aportas. - Lo mismo se aplica al resto de los departamentos. Cada Socio Numerario podrá actuar como Auditor Permanente de la Asociación en todos sus ámbitos. La única excepción de acceso son las Bases de Datos protegidas por la Ley de Protección de Datos. El pago lo puedes efectuar mediante PayPal, Tarjeta de Créito, Ingreso por Transferencia Bancaria o si quieres ahorrarte hasta el más mínimo gasto, mediante ingreso directo en cualquier cajero automático del Sabadell; totalmente gratuito. Más información en el apartado ASÓCIATE Recuerda que asociarse a AMPROEGA en cualquiera de las otras dos modalidades, como SOCIO PROFESIONAL o como ASOCIADO (Socio Invitado) ES TOTALMENTE GRATUITO pero solamente tendrá Voz y no derecho a Voto, ni a participar en las asambleas, etc Tan sólo se les concederá acceso a determinadas áreas de la página Web y sus servicios según estime oportuno la Junta Directiva y que puede cambiar en cualquier momento.
  • ¿A que Foros de la web puedo acceder?
    Según tu registro puedes acceder: A TODOS LOS FOROS sin límitaciones si eres Socio Numerario. Si eres Socio Profesional a - 00 FORO GENERAL - 00 NUMERARIOS y PROFESIONALES - TU ABOGADO RESPONDE - TECNOLOGÍA - WEBINARIOS y CLASES Si eres Asociado puedes acceder a - 00 FORO GENERAL - WEBINARIOS y CLASES
  • ¿Qué es la COVID-19?
    La COVID-19 es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Tanto el nuevo virus como la enfermedad eran desconocidos antes de que estallara el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019. La mayoría de las personas que enferman de ‎COVID 19 experimentan síntomas de leves a ‎moderados y se recuperan sin tratamiento ‎especial. El virus que causa la COVID‑19 se transmite principalmente a través de las gotículas generadas cuando una persona infectada tose, estornuda o espira. Estas gotículas son demasiado pesadas para permanecer suspendidas en el aire y caen rápidamente sobre el suelo o las superficies. Usted puede infectarse al inhalar el virus si está cerca de una persona con COVID‑19 o si, tras tocar una superficie contaminada, se toca los ojos, la nariz o la boca. Los síntomas más habituales son los siguientes: Fiebre Tos seca Cansancio Otros síntomas menos comunes son los siguientes: Molestias y dolores Dolor de garganta Diarrea Conjuntivitis Dolor de cabeza Pérdida del sentido del olfato o del gusto Erupciones cutáneas o pérdida del color en los dedos de las manos o de los pies
  • ¿Qué es el Estado de Alarma?
    El Gobierno de España, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución, puede declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca una alteración grave de la normalidad: catástrofes naturales, crisis sanitarias, desabastecimiento de productos de primera necesidad, o paralización de servicios públicos esenciales. El estado de alarma es declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo, y establecerá el alcance y condiciones vigentes durante la prórroga. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración. El artículo 11 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio permite limitar los siguientes derechos: * Se podrá limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarla al cumplimiento de ciertos requisitos. * Se podrá practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias. * Se podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados. * Se podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad. * Se podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados. En España se ha decretado dos veces el estado de alarma: el estado de alarma de 2010 por la crisis de los controladores aéreos y el estado de alarma de 2020 por la pandemia de coronavirus.
  • ¿Qué es el Estado de Alarma?
    El Gobierno de España, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución, puede declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca una alteración grave de la normalidad: catástrofes naturales, crisis sanitarias, desabastecimiento de productos de primera necesidad, o paralización de servicios públicos esenciales. El estado de alarma es declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo, y establecerá el alcance y condiciones vigentes durante la prórroga. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración. El artículo 11 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio permite limitar los siguientes derechos: * Se podrá limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarla al cumplimiento de ciertos requisitos. * Se podrá practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias. * Se podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados. * Se podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad. * Se podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados. En España se ha decretado dos veces el estado de alarma: el estado de alarma de 2010 por la crisis de los controladores aéreos y el estado de alarma de 2020 por la pandemia de coronavirus.
  • ¿Qué es la COVID-19?
    La COVID-19 es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Tanto el nuevo virus como la enfermedad eran desconocidos antes de que estallara el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019. La mayoría de las personas que enferman de ‎COVID 19 experimentan síntomas de leves a ‎moderados y se recuperan sin tratamiento ‎especial. El virus que causa la COVID‑19 se transmite principalmente a través de las gotículas generadas cuando una persona infectada tose, estornuda o espira. Estas gotículas son demasiado pesadas para permanecer suspendidas en el aire y caen rápidamente sobre el suelo o las superficies. Usted puede infectarse al inhalar el virus si está cerca de una persona con COVID‑19 o si, tras tocar una superficie contaminada, se toca los ojos, la nariz o la boca. Los síntomas más habituales son los siguientes: Fiebre Tos seca Cansancio Otros síntomas menos comunes son los siguientes: Molestias y dolores Dolor de garganta Diarrea Conjuntivitis Dolor de cabeza Pérdida del sentido del olfato o del gusto Erupciones cutáneas o pérdida del color en los dedos de las manos o de los pies
  • ¿Qué son los Departamentos y quienes los gestionan?
    Para poder asumir el complejísimo sistema de AMPROEGA y garantizar su funcionamiento a pleno rendimiento en cualquier época del año y siendo conscientes de que la correcta actuación de la Asociación dependerá siempre de sus asociados y del altuismo de todos y cada uno de ellos; comprendiendo además lo complicado de compatibilizar las actividades profesionales de cada uno de nosotros, nos hemos dotado de un sistema de Departamentos que, gestionado cada uno de ellos por un mínmo de 4 personas, junto con los colaboradores pivotantes permanentes, tenemos plena confianza en que jamás tendremos un ámbito de actuación sin la adecuada cobertura. Los Departamentos los gestionan en primera instancia la Junta Directiva y el Comité de Asesores, con pleno acceso a cada uno de ellos.
  • ¿Qué es el Comité de Asesores y quienes lo constituyen?
    El Comité de Asesores, diseñado ya desde la preconstitución de AMPROEGA, como el órgano motor de todos los proyectos, incluido el de la propia Asociación, está constituido principalmente por Profesionales del Sector del Espectáculo y Profesionales de otras ramas relacionadas con él o incluso totalmente ajenas al mismo, que colaboran de manera altruista en el beneficio de AMPROEGA y sus asociados. La única y exclusiva condición para formar parte del Comité de Asesores, es no ser Contratador (Empresario) en el ámbito del Espectáculo.
  • ¿Qué son los Departamentos y quienes los gestionan?
    Para poder asumir el complejísimo sistema de AMPROEGA y garantizar su funcionamiento a pleno rendimiento en cualquier época del año y siendo conscientes de que la correcta actuación de la Asociación dependerá siempre de sus asociados y del altuismo de todos y cada uno de ellos; comprendiendo además lo complicado de compatibilizar las actividades profesionales de cada uno de nosotros, nos hemos dotado de un sistema de Departamentos que, gestionado cada uno de ellos por un mínmo de 4 personas, junto con los colaboradores pivotantes permanentes, tenemos plena confianza en que jamás tendremos un ámbito de actuación sin la adecuada cobertura. Los Departamentos los gestionan en primera instancia la Junta Directiva y el Comité de Asesores, con pleno acceso a cada uno de ellos.
  • ¿Qué es el Comité de Asesores y quienes lo constituyen?
    El Comité de Asesores, diseñado ya desde la preconstitución de AMPROEGA, como el órgano motor de todos los proyectos, incluido el de la propia Asociación, está constituido principalmente por Profesionales del Sector del Espectáculo y Profesionales de otras ramas relacionadas con él o incluso totalmente ajenas al mismo, que colaboran de manera altruista en el beneficio de AMPROEGA y sus asociados. La única y exclusiva condición para formar parte del Comité de Asesores, es no ser Contratador (Empresario) en el ámbito del Espectáculo.
  • ¿Cuando y cuál será la Nueva Normalidad para el Espectáculo?
    De momento el horizonte está demasiado lejano y muy oculto entre nubarrones de absoluta incertidumbre y presumible precariedad.
  • ¿Qué es el Comité de Asesores y quienes lo constituyen?
    El Comité de Asesores, diseñado ya desde la preconstitución de AMPROEGA, como el órgano motor de todos los proyectos, incluido el de la propia Asociación, está constituido principalmente por Profesionales del Sector del Espectáculo y Profesionales de otras ramas relacionadas con él o incluso totalmente ajenas al mismo, que colaboran de manera altruista en el beneficio de AMPROEGA y sus asociados. La única y exclusiva condición para formar parte del Comité de Asesores, es no ser Contratador (Empresario) en el ámbito del Espectáculo.
  • ¿Qué son los Departamentos y quienes los gestionan?
    Para poder asumir el complejísimo sistema de AMPROEGA y garantizar su funcionamiento a pleno rendimiento en cualquier época del año y siendo conscientes de que la correcta actuación de la Asociación dependerá siempre de sus asociados y del altuismo de todos y cada uno de ellos; comprendiendo además lo complicado de compatibilizar las actividades profesionales de cada uno de nosotros, nos hemos dotado de un sistema de Departamentos que, gestionado cada uno de ellos por un mínmo de 4 personas, junto con los colaboradores pivotantes permanentes, tenemos plena confianza en que jamás tendremos un ámbito de actuación sin la adecuada cobertura. Los Departamentos los gestionan en primera instancia la Junta Directiva y el Comité de Asesores, con pleno acceso a cada uno de ellos.
  • Visita nuestro apartado de NOTICIAS exclusivo para el COVID-19
    En NOTICIAS COVID-19
  • ¿Cuando y cuál será la Nueva Normalidad para el Espectáculo?
    De momento el horizonte está demasiado lejano y muy oculto entre nubarrones de absoluta incertidumbre y presumible precariedad.
  • ¿Qué es el Comité de Asesores y quienes lo constituyen?
    El Comité de Asesores, diseñado ya desde la preconstitución de AMPROEGA, como el órgano motor de todos los proyectos, incluido el de la propia Asociación, está constituido principalmente por Profesionales del Sector del Espectáculo y Profesionales de otras ramas relacionadas con él o incluso totalmente ajenas al mismo, que colaboran de manera altruista en el beneficio de AMPROEGA y sus asociados. La única y exclusiva condición para formar parte del Comité de Asesores, es no ser Contratador (Empresario) en el ámbito del Espectáculo.
  • ¿Qué son los Departamentos y quienes los gestionan?
    Para poder asumir el complejísimo sistema de AMPROEGA y garantizar su funcionamiento a pleno rendimiento en cualquier época del año y siendo conscientes de que la correcta actuación de la Asociación dependerá siempre de sus asociados y del altruismo de todos y cada uno de ellos; comprendiendo además lo complicado de compatibilizar las actividades profesionales de cada uno de nosotros, nos hemos dotado de un sistema de Departamentos que, gestionado cada uno de ellos por un mínimo de 4 personas, junto con los colaboradores pivotantes permanentes, tenemos plena confianza en que jamás tendremos un ámbito de actuación sin la adecuada cobertura. Los Departamentos los gestionan en primera instancia la Junta Directiva y el Comité de Asesores, con pleno acceso a cada uno de ellos.
  • ¿Qué son los Departamentos y quienes los gestionan?
    Para poder asumir el complejísimo sistema de AMPROEGA y garantizar su funcionamiento a pleno rendimiento en cualquier época del año y siendo conscientes de que la correcta actuación de la Asociación dependerá siempre de sus asociados y del altruismo de todos y cada uno de ellos; comprendiendo además lo complicado de compatibilizar las actividades profesionales de cada uno de nosotros, nos hemos dotado de un sistema de Departamentos que, gestionado cada uno de ellos por un mínimo de 4 personas, junto con los colaboradores pivotantes permanentes, tenemos plena confianza en que jamás tendremos un ámbito de actuación sin la adecuada cobertura. Los Departamentos los gestionan en primera instancia la Junta Directiva y el Comité de Asesores, con pleno acceso a cada uno de ellos.
  • ¿Qué es el Comité de Asesores y quienes lo constituyen?
    El Comité de Asesores, diseñado ya desde la preconstitución de AMPROEGA, como el órgano motor de todos los proyectos, incluido el de la propia Asociación, está constituido principalmente por Profesionales del Sector del Espectáculo y Profesionales de otras ramas relacionadas con él o incluso totalmente ajenas al mismo, que colaboran de manera altruista en el beneficio de AMPROEGA y sus asociados. La única y exclusiva condición para formar parte del Comité de Asesores, es no ser Contratador (Empresario) en el ámbito del Espectáculo.
  • Acceso a la Web para los socios y asociados
    Desde el apartado de SOCIOS y desde cualquier otro reseñado como Exclusivo SOCIOS (de esta nota hacia abajo en cada apartado), de acuerdo con su condición de Socio, cada uno de ellos tienen los siguientes niveles de acceso: SOCIOS NUMERARIOS Tienen acceso absoluto a todas las zonas de la web a excepción de las que, por razón de la Ley de Protección de Datos, no estén legalmente permitidas, salvo orden judicial o similar. En beneficio de mantener la estabilidad de todos los documentos y datos que se manejan desde cada despacho, el Socio Numerario tan sólo tendrá la autorización como LECTOR (para ver/leer la mayoría de ellos), salvo excepciones en las que se le autorice como COMENTADOR (para dejar sus comentarios, sin afectar al contenido del documento) o incluso como EDITOR, si se estimase la necesidad de que tenga la posibilidad de modificar el documento. Podrá participar en todos los foros y lugares claramente destinados para la participación colectiva o individual. Por ejemplo, en todos los apartados de la web reseñados como Exclusivo SOCIOS (de esta nota hacia abajo en cada apartado) SOCIOS PROFESIONALES Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES ____ TU ABOGADO RESPONDE ASOCIADOS (Socios Invitados) Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES
  • Acceso a la Web para los socios y asociados
    Desde el apartado de SOCIOS y desde cualquier otro reseñado como Exclusivo SOCIOS (de esta nota hacia abajo en cada apartado), de acuerdo con su condición de Socio, cada uno de ellos tienen los siguientes niveles de acceso: SOCIOS NUMERARIOS Tienen acceso absoluto a todas las zonas de la web a excepción de las que, por razón de la Ley de Protección de Datos, no estén legalmente permitidas, salvo orden judicial o similar. En beneficio de mantener la estabilidad de todos los documentos y datos que se manejan desde cada despacho, el Socio Numerario tan sólo tendrá la autorización como LECTOR (para ver/leer la mayoría de ellos), salvo excepciones en las que se le autorice como COMENTADOR (para dejar sus comentarios, sin afectar al contenido del documento) o incluso como EDITOR, si se estimase la necesidad de que tenga la posibilidad de modificar el documento. Podrá participar en todos los foros y lugares claramente destinados para la participación colectiva o individual. Por ejemplo, en todos los apartados de la web reseñados como Exclusivo SOCIOS (de esta nota hacia abajo en cada apartado) SOCIOS PROFESIONALES Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES ____ TU ABOGADO RESPONDE ASOCIADOS (Socios Invitados) Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES
  • ¿Demasiado compleja la Web? ¿No sabes como moverte por ella o a dónde acudir para lo que necesitas?
    Queremos ofrecerte el mejor y mayor servicio que podamos brindarte y esto, inevitablemente, da origen a una web muy amplia y extensa, para que nos permita abordar todos los frentes necesarios. Aún a pesar de nuestros contínuos esfuerzos por simplificar al máximo su uso y hacerla tan simple y práctica como somos capaces, si es cierto que según que cosas, terminan escondiéndose más de lo necesario y práctico. Para ponértelo tan fácil como ahora mismo podemos, te proponemos que cuando quieras ir a algún lugar concreto de la web, descienda cualquiera de las páginas hasta el pie de la misma. Ahí verás un MAPA DE LA WEB distribuido en cuatro columnas: - Mapa del Sitio (accesible a todo el público en general) - Exclusivo Socios - Departamentos (de acceso exclusivo a los Responsables de cada Departamento) - Gestión (de acceso exclusivo a la Junta Directiva y al Comité de asesores) Ahí puedes ver detallados todos y cada uno de los apartados que contienen nuestra web y pulsando sobre cada uno de ellos, te llevará directamente a él (siempre que ya se encuentre activo; alguno todavía está en proceso de elaboración) Recuerda que para acceder a determinadas páginas concretas, tienes que estar autorizado (como Socio Numerario, Profesional o Asociado o como Responsable del Departamento, etc).
  • Del Protocolo
    Desde la Consellería de Sanidad RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2020 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2020 Resúmen Actividad en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas: Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75% del aforo permitido en cada sala. En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos de los previstos en el párrafo anterior, podrán desarrollar su actividad siempre que el público permanezca sentado y que no se supere el 75% del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1000 personas tratándose de actividades al aire libre.
  • Acceso a la Web para los socios y asociados
    Desde el apartado de SOCIOS y desde cualquier otro reseñado como "v__ Solo para Socios __v" (de esta nota hacia abajo en cada apartado), de acuerdo con su condición de Socio, cada uno de ellos tienen los siguientes niveles de acceso: SOCIOS NUMERARIOS Tienen acceso absoluto a todas las zonas de la web a excepción de las que, por razón de la Ley de Protección de Datos, no estén legalmente permitidas, salvo orden judicial o similar. En beneficio de mantener la estabilidad de todos los documentos y datos que se manejan desde cada despacho, el Socio Numerario tan sólo tendrá la autorización como LECTOR (para ver/leer la mayoría de ellos), salvo excepciones en las que se le autorice como COMENTADOR (para dejar sus comentarios, sin afectar al contenido del documento) o incluso como EDITOR, si se estimase la necesidad de que tenga la posibilidad de modificar el documento. Podrá participar en todos los foros y lugares claramente destinados para la participación colectiva o individual. Por ejemplo, en todos los apartados de la web reseñados como "v__ Solo para Socios __v" (de esta nota hacia abajo en cad apartado) SOCIOS PROFESIONALES Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES ____ TU ABOGADO RESPONDE ASOCIADOS (Socios Invitados) Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES
  • Del Protocolo
    Desde la Consellería de Sanidad RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2020 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2020 Resúmen Actividad en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas: Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75% del aforo permitido en cada sala. En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos de los previstos en el párrafo anterior, podrán desarrollar su actividad siempre que el público permanezca sentado y que no se supere el 75% del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1000 personas tratándose de actividades al aire libre.
  • Del Protocolo
    Desde la Consellería de Sanidad RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2020 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2020 Resúmen Actividad en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas: Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75% del aforo permitido en cada sala. En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos de los previstos en el párrafo anterior, podrán desarrollar su actividad siempre que el público permanezca sentado y que no se supere el 75% del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1000 personas tratándose de actividades al aire libre.
  • Acceso a la Web para los socios y asociados
    Desde el apartado de SOCIOS y desde cualquier otro reseñado como "v__ Solo para Socios __v" (de esta nota hacia abajo en cada apartado), de acuerdo con su condición de Socio, cada uno de ellos tienen los siguientes niveles de acceso: SOCIOS NUMERARIOS Tienen acceso absoluto a todas las zonas de la web a excepción de las que, por razón de la Ley de Protección de Datos, no estén legalmente permitidas, salvo orden judicial o similar. En beneficio de mantener la estabilidad de todos los documentos y datos que se manejan desde cada despacho, el Socio Numerario tan sólo tendrá la autorización como LECTOR (para ver/leer la mayoría de ellos), salvo excepciones en las que se le autorice como COMENTADOR (para dejar sus comentarios, sin afectar al contenido del documento) o incluso como EDITOR, si se estimase la necesidad de que tenga la posibilidad de modificar el documento. Podrá participar en todos los foros y lugares claramente destinados para la participación colectiva o individual. Por ejemplo, en todos los apartados de la web reseñados como "v__ Solo para Socios __v" (de esta nota hacia abajo en cad apartado) SOCIOS PROFESIONALES Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES ____ TU ABOGADO RESPONDE ASOCIADOS (Socios Invitados) Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES
  • Acceso a la Web para los socios y asociados
    Desde el apartado de SOCIOS y desde cualquier otro reseñado como "v__ Solo para Socios __v" (de esta nota hacia abajo en cada apartado), de acuerdo con su condición de Socio, cada uno de ellos tienen los siguientes niveles de acceso: SOCIOS NUMERARIOS Tienen acceso absoluto a todas las zonas de la web a excepción de las que, por razón de la Ley de Protección de Datos, no estén legalmente permitidas, salvo orden judicial o similar. En beneficio de mantener la estabilidad de todos los documentos y datos que se manejan desde cada despacho, el Socio Numerario tan sólo tendrá la autorización como LECTOR (para ver/leer la mayoría de ellos), salvo excepciones en las que se le autorice como COMENTADOR (para dejar sus comentarios, sin afectar al contenido del documento) o incluso como EDITOR, si se estimase la necesidad de que tenga la posibilidad de modificar el documento. Podrá participar en todos los foros y lugares claramente destinados para la participación colectiva o individual. Por ejemplo, en todos los apartados de la web reseñados como "v__ Solo para Socios __v" (de esta nota hacia abajo en cad apartado) SOCIOS PROFESIONALES Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES ____ TU ABOGADO RESPONDE ASOCIADOS (Socios Invitados) Pueden acceder y participar en los siguientes apartados (pueden ampliarse o reducirse en cualquier momento): - TE RESPONDEMOS ____ WEBINARIOS y CLASES
  • ¿Cómo debemos desplazarnos en las Orquestas?
    Buena pregunta...
  • ¿Cómo debemos desplazarnos en las Orquestas?
    Buena pregunta...
  • ¿Cómo debemos desplazarnos en las Orquestas?
    Por el momento tenemos que ceñirnos a lo que está especificado en los protocolos. No disponemos de una información más específica.
bottom of page