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Foto del escritorAndrés Gaos Feijóo

Movilidad y Accesibilidad a la Movilización del 11D


Ante las más que razonables dudas que os están surgiendo en estos momentos con respecto a la movilización de este inmediato viernes 11 de Diciembre en Santiago de Compostela, y en respuesta a todas las cuestiones que nos estáis haciendo llegar a través de diversos canales, queremos comunicaros lo siguiente:


Hace aproximadamente un mes, los hosteleros de Andalucía salieron a las calles para protestar ante la falta de acción de las Administraciones Públicas con respecto a su temática. Sus dudas eran similares a las nuestras, ya que en esos momentos la movilidad entre regiones estaba limitada, como bien sabéis.

Por lo tanto, ¿en qué legislación encontraron la base y la tranquilidad para tomar el último empujoncito y decidirse a salir a las calles sin miedo a ser sancionados?


En primer lugar, en el artículo 7.3 del Real Decreto de Estado de Alarma, en el que se recoge que “las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones realizadas en ejercicio del derecho fundamental regulado en el artículo 21 de la Constitución podrán limitarse, condicionarse o prohibirse cuando en la previa comunicación presentada por los promotores no quede garantizada la distancia personal necesaria para impedir contagios”.


En este caso, presumiblemente el espacio elegido para la realización de la manifestación, así como la organización que se está llevando a cabo desde hace semanas, sumado a la vigilancia para el cumplimiento de las medidas establecidas para la prevención del Covid, el mantenimiento de la distancia personal de seguridad, el uso obligatorio de la mascarilla, el contrato de una Póliza de Responsabilidad Civil y el acotamiento del recinto no supondrán ningún impedimento para que, en el supuesto de que decidieran limitarnos y/o prohibirnos la realización del evento, podamos desarrollar con total normalidad (dentro de las circunstancias) el evento programado.


Por otro lado, y a favor de la asistencia de todo aquel que pueda y quiera disfrutar de su derecho de manifestación, os adjuntamos el comunicado que desde la Subdelegación de Gobierno se nos ha facilitado, de manera que podáis utilizarlo como salvoconducto en el caso de que os encontréis en un municipio limitado perimetralmente, ya que, como ciudadanos españoles, tenéis tal derecho, tal y como lo hemos mencionado anteriormente (artículo 21 de la Constitución Española).


No obstante, queremos dejar constancia de que ningún responsable de Tráfico ha querido pronunciarse al respecto, pero confiamos en su criterio y sensatez en el momento de ceñirse a lo especificado en la legislación anteriormente mencionada.


Sabiendo esto, os animamos a que participéis de vuestros derechos y os unáis con el resto de asistentes en la Plaza del Obradoiro a las 11:30 h del mediodía, para iniciar el evento a las 12:00, hora prevista a nivel nacional por la organización Alerta Roja.


A continuación, os dejamos el enlace para que podáis descargaros la comunicación de la Subdelegación de Gobierno, como justificante de vuestro desplazamiento de ida y vuelta a Santiago de Compostela, entre los horarios previstos.

Gracias a todos/as, y allí estaremos.



 

Descárgate el comunicado de autorización de la Subdelegación de Gobierno


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